• ORDENANZA REGULADORA Y FISCAL DEL PRECIO PÚBLICO POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO

OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO

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  • ORDENANZA REGULADORA Y FISCAL DEL PRECIO PÚBLICO POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO
  • Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por ocupación de terrenos de uso público con fecha de publicación en el BOPBU de 18 de noviembre de 2013.



Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por ocupación de terrenos de uso público

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de fecha 10 de septiembre de 2013, aprobatorio de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del precio publico por ocupación de terrenos de uso público en el municipio de Peñaranda de Duero, cuyo texto se hace público para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Artículo 6. – Tarifas.
A) Tarifa 1. Aprovechamiento de terrenos de uso público con mesas y sillas con finalidad lucrativa. Por cada mesa y cuatro sillas: 25 euros.
B) Tarifa 2. Aprovechamiento de terrenos de uso público con quioscos y otras instalaciones. Por metro cuadrado de superficie ocupada al año 6 euros.
C) Tarifa 3. Aprovechamiento de terrenos de uso público con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terreno de uso público e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico. Por cada metro cuadrado de superficie ocupada al día 1,50 euros.

En Peñaranda de Duero, a 28 de octubre de 2013.

El Alcalde,


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